¿Cómo será el próximo Estatuto de San Lorenzo?

Imagen de la última Asamblea de Representantes.

EXCLUSIVO ElPlateista.com.ar En estos momentos la Asamblea buscará aprobar la reforma del Estatuto Social, acá los detalles…

El Estatuto que quedará vigente a partir del 1ro de Enero de 2017. Aquí los puntos más destacados que se aprobarían:

No se podrá convertir la asociación civil en sociedad anónima o cualquier otro tipo de encuadre societario que implique la intromisión de capitales privados en la administración y gobierno del club, ni resolver la disolución del CASLA, mientras haya 1.000 socios con derecho a voto, dispuestos a sostenerla.

De los socios:

Se simplificaron las categorías de socio: Vitalicios, Activos (a partir de 18 años), cadetes (de 14 a 17 años), e infantiles (menores de 13 años). Dentro de cada una puede haber socios pleno, simple, del interior, del exterior, patrimonial, temporario, adherente, honorario, refundador y grupo familiar.

Sólo los socios con más de 4 años de antigüedad y mayores a 16 años podrán votar.

Se oficializa (por Estatuto) que para ser Vitalicio se debe tener más de 60 años y 30 de socio. Y a los Vitalicios que cumplan 50 años de asociados, se les entregará Diploma de Honor y distintivo recordatorio.

Los socios simples y plenos son los que residan a menos de 100 kilómetros de Av La Plata al 1782, el resto son del interior y exterior.

Los socios adherentes son aquellos socios que por cupo no puedan ingresar en otra categoría. Ese cupo lo dispondrá Comisión.

El club garantiza la confidencialidad de los datos personales de los socios.

La Asamblea podrá darle el título de socio Honorario a los excombatientes de Malvinas.

Se oficializa la categoría de Socios Refundadores. Los beneficios que tengan los dispondrá la Comisión Directiva.

Los títulos patrimoniales sólo podrán ser transferibles de padres a hijos.

De los cargos de gobierno:

Los mandatos de cada uno de los órganos de gobierno será de 4 años y pueden ser reelectos indefinidamente. Y no podrán ser parte de los órganos los sentenciados con condena firme o los que tengan participación o intereses económicos como intermediarios de jugadores o DTs.

Los miembros de los órganos de gobierno tendrán inmunidad durante su mandato.

Si un dirigente es procesado penalmente y pierde su libertad, resultará suspendido de su cargo.

Los miembros de los distintos órganos de gobierno serán responsables en el ejercicio de sus funciones y responden ilimitada y solidariamente hacia la institución. El directivo que por su conducta dolosa haya generado perjuicio económico al Club, previa sentencia condenatoria firme de juez competente está cometiendo una infracción muy grave, la cual es sancionado con expulsión. Los asociados y los terceros, por la violación de la Ley, el Estatuto o el Reglamento y por cualquier otro daño producido por dolo o abuso de facultades.

De la Asamblea:

La Asamblea de representantes tendrá 90 miembros. El oficialismo dispondrá de 60 miembros. Y la minoría se distribuirá proporcionalmente. Si las minorías no obtienen el 50% de los votos del oficialismo, los 30 cargos restantes serán distribuidos por los votos obtenidos. Se asegura que como mínimo habrá 15 miembros representando a la/s minoría/s.

La Asamblea de representantes elegirá su Mesa Directiva compuesta por 7 miembros (4 de la mayoría, 3 de la/s minoría/s) y podrán participar (con voz y sin voto) un jefe de bloque por cada lista que haya participado en las elecciones.

Ya no podrán asistir a las Asambleas los representantes de las agrupaciones reconocidas. Sólo los jefes de bloque de las listas que hayan participado de las elecciones.

Así mismo, la Asamblea tendrá 3 comisiones permanentes: de Poderes y Reglamentos (cuestiones referidas a la interpretación o las modificaciones de este Estatuto y/o de reglamentos), de Presupuesto y de Ética y Disciplina. Cada una tendrán 5 miembros (3 oficialismo, 2 de minorías).

La Asamblea podrá enjuiciar a sus miembros y a los miembros de los órganos del Club.

De la Comisión Directiva:

Los cargos de Presidente y Vicepresidente 1° se elegirán en los comicios en forma directa, pudiendo ser reelectos por un solo período consecutivo. Los cargos de Vicepresidente 2°, Secretario General, Tesorero, Intendente, Secretario de Actas, Prosecretario General, Protesorero y Sub Intendente se distribuirán anualmente en la primera reunión ordinaria del cuerpo, entre los candidatos que tengan 10 años de antigüedad. Los restantes diez (10) miembros se desempeñarán como vocales.

El oficialismo dispondrá de 15 miembros. Y la minoría se distribuirá proporcionalmente. Si las minorías no obtienen el 50% de los votos del oficialismo, los 5 cargos restantes serán distribuidos por los votos obtenidos.

Se deberán reunir, al menos, una vez cada 15 días.

Es su responsabilidad la de dictar el derecho de admisión sobre los socios.

De las Elecciones:

Las elecciones se realizarán cualquier día sábado o domingo de la segunda quincena del mes de noviembre o de la primera quincena del mes de diciembre. Se podría votar en toda la República Argentina y exterior.

Las elecciones extraordinarias se convocarán en las siguientes circunstancias:

a) Acefalía de más del 50% de los miembros de Comisión Directiva.

b) Cambio en los fines de la Institución y/o nombre, divisa, distintivo o lema.

c) Venta, cesión, donación, permuta, hipoteca o cualquier otra constitución de derecho real sobre los Bienes Inmuebles de la Institución.

d) La firma de un contrato de franquicia entre San Lorenzo de Almagro y un franquiciado que incluya la cesión del conjunto de derechos de propiedad del Club.

e) La transformación de San Lorenzo de Almagro en Sociedad Anónima o cualquier otro tipo de encuadre societario, que implique la intromisión de capitales privados en la administración y gobierno del Club.

f) Disolución de la Institución o su fusión a otra entidad similar o no.

En el caso de los incisos b), c), d), e) y, f) las elecciones extraordinarias tendrán carácter de plebiscito. En el caso de que el plebiscito no se realice, la decisión que lo motivó no tendrá validez.

Las agrupaciones necesitarán presentar avales por una cantidad igual al 4% del padrón utilizado en la anterior elección.

Para participar de los órganos de gobierno, se deberá tener más de 4% de votos en las elecciones.

Se menciona la posibilidad de voto electrónico.

La Comisión fiscalizadora tendrá 7 miembros..

Tribunal de ética y disciplina tendrá 7 miembros, de los cuales, 4 deberán tener conocimiento jurídico acreditado por título profesional habilitante. Son elegidos por ¾ partes de la Asamblea y su mandato dura 6 años, Sus sanciones pueden ser atenuadas o dejadas sin efecto por la Asamblea.

Miselaneas:

Los objetos y finalidades de San Lorenzo fueron ampliados. El inculcar entre sus asociados los valores democráticos y la defensa de los derechos humanos es la que más se destaca de las novedades.

Finalmente la bandera no será modificada, manteniendo las 9 estrellas originales.

El Club podrá disponer de sedes y filiales en el interior y exterior del país, en ambos casos lo define la Comisión Directiva y la Asamblea.

Son consideradas faltas muy graves la difamación a las autoridades o al Club, la violación de secretos en asuntos que se conozcan en razón del cargo (o del deber de confidencialidad), a quienes busquen impedir, perturbar, predeterminar o alterar el normal desarrollo de sesiones o elecciones del Club, las conductas que alteren gravemente el desarrollo normal de un partido, los actos que induzcan o inciten a la violencia, exhibición de elementos violentos, sexistas, xenófobos o racistas, la introducción o la posesión de todo tipo de armas o de objetos que pudieran producir los mismos efectos, así como bengalas, fumígenos o corrosivos en partidos, y los que produzcan daños intencionados en el mobiliario o en las instalaciones de San Lorenzo.

Se formalizan en el Estatuto las peñas y sus funciones. Así también las cabeceras regionales.

Se menciona la posibilidad que el Club cuente con un colegio. También se habla de la publicidad y la “marca” San Lorenzo.


¿Con qué Estatuto se votará?

Las elecciones se regirán por el «anterior» Estatuto de San Lorenzo, sin límites para acceder a los órganos de gobierno, con 60 Asambleistas y con mandatos de 3 años (entre otras cuestiones).

En estas elecciones se buscará que el Socio del Interior pueda expresar su voto en ciertas cabeceras (se estudia la posibilidad de hacerlo también en el exterior) y cabría la posibilidad de que haya una mesa donde se vote con Boleta Electrónica.

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1 thought on “¿Cómo será el próximo Estatuto de San Lorenzo?

  1. Soy Veterano de MALVINAS y hace años , esperaba este cambio, es una deuda que el Club tenía con nosotros los socios veteranos de MALVINAS , simplemente gracias

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