Elecciones San Lorenzo: La Justicia falló a favor de Francis

Así había distribuido los cargos la Junta Electoral de San Lorenzo al finalizar las últimas elecciones.

El fallo de la Sala G de la Cámara Civil determinó que el apoderado de Siglo XXI «realizó una errónea interpretación del Estatuto Social».

Luego de analizar a fondo el artículo 90, le termina dando la razón a lo que había establecido la Junta Electoral cuando debió repartir los cargos de cada Órgano de Gobierno del Club al finalizar los últimos comicios del Club.

Así mismo aclara el fallo con caratula CASLA contra IGJ: «De todos modos, a pesar de las falencias apuntadas en la técnica de redacción empleada en este aspecto del estatuto, considera este Tribunal que el temperamento adoptado por la Inspección General de Justicia en la resolución cuestionada, no se ajusta al texto de la norma estatutaria en análisis, porque si bien es cierto que en ella no se define el término residuos, ni tampoco se precisa en qué supuestos alguna de las listas postulantes puede ser considerada poseedora de mayores residuos, no lo es menos que en modo alguno se exige que deban previamente alcanzarse los votos necesarios para ocupar al menos un cargo, a los fines de aspirar luego a cubrir residualmente otro puesto en la Asamblea o en la Comisión Directiva mediante el mecanismo allí previsto.»

El fallo, presenta como precedente un idéntico reclamo realizado en las elecciones 2004 con la agrupación Grandeza Azulgrana y la distribución de cargo de las elecciones de 2012 y 2013

Leé el fallo clompleto acá:

Casla Sentencia

Los camaristas firmantes de fallo son Carlos A. Bellucci, María Isabel Benavente y Carlos A. Carranza Casares. Esto hace que San Lorenzo deba hace asumir a César Francis como vocal N° 11 representando a la segunda minoría de Volver a San Lorenzo en la Comisión Directiva.

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