Tinelli en AFA: ¿Habilitado o en Offside?

Tinelli_Casa-RosadaA pedido de ElPlateista.com.ar dos abogados relacionados con el mundo San Lorenzo realizaron su análisis e interpretación de la reglamentación de AFA para ser presidente. ¿Marcelo Tinelli, podrá ser el nuevo Nro. 1 del Fútbol Argentino? 

Opinión 1: Minucioso análisis de la legislación

El artículo 50 del Reglamento General de AFA solicita cumplir los siguientes requisitos (entre otros) para ser presidente: “5. Acreditar su condición de directivo de club directamente afiliado a esta Asociación; o de Liga afiliada; o de clubs indirectamente afiliados a ésta; o haber pertenecido a algunos de los distintos Cuerpos, Comisiones y Asesorías que integran los organismos que conforman la Asociación del Fútbol Argentino, por períodos no inferiores a cuatro años, como mínimo”.

En la normativa jurídica se utiliza el punto y coma para separar elementos de una enumeración que incluyen comas, y para separar oraciones distintas pero coordinadas por una idea común.

Ambas condiciones son verificadas en el apartado del artículo 50, ya que se enumeran distintas calidades para encontrarse habilitado para ser candidato a Presidente, y en uno de los casos, por incluirse comas en una de esas alternativas.

La utilización del “o” refuerza el sentido dado a la utilización del punto y coma, dado que establece las distintas posibilidades para reunir condiciones para aspirar a la presidencia.

Es necesario realizar una distinción entre: dirigentes de clubes o liga (los cuales deben reunir las condiciones establecidas por los estatutos de las asociaciones a las que representan, entre ellos haber sido elegido por sus socios) de los integrantes de organismos de AFA (no son dirigentes sino que puede tratarse de integrantes de diferentes tribunales o de la propia asesoría legal, entre otros), por ello mismo, el requisito de «cuatro años como mínimo» es aplicable únicamente a la última categoría de posibles candidatos.

Por ello, quienes tienen que reunir el requisito de cuatro años de antigüedad como mínimo son las personas que pertenezcan o hubieren “pertenecido a algunos de los distintos Cuerpos, Comisiones y Asesorías que integran los organismos que conforman la Asociación del Fútbol Argentino”.

Si el redactor hubiera pretendido que el requisito temporal comprenda a todos, bastaba con el uso de la “o” finalizando la oración con la frase, por ejemplo, “…, que hubieran ejercido sus funciones por un período mínimo de cuatro años”.

En otras palabras, el uso del punto y coma en el apartado 5 del artículo 50 del Reglamento de AFA debe ser leído de la siguiente manera:

Pueden ser candidatos a presidente 1- el directivo de club directamente afiliado, 2- el directivo de Liga afiliada, 3- el directivo de club indirectamente afiliado y 4- la persona que hubiera pertenecido a algunos de los distintos cuerpos, comisiones y asesorías que conforman los organismos de la AFA por períodos no inferiores a cuatro años, como mínimo.


Opinión 2: Tratar de interpretar el espíritu de la norma

Pretender interpretar las leyes sólo con las letras que la conforman es un grave error de todo aquel quiera desentrañar cuál es el alcance de la normativa vigente.

La ley se compone de la letra pero también del espíritu del legislador. El espíritu es aquello que el legislador quiere tutelar, proteger, garantizar expresado con palabras las cuales muchas veces son ambiguas o vagas y apoyándose en la sintaxis con las complicaciones que también surgen muchas veces de la utilización y aplicación de los signos.

El espíritu es esencial para determinar lo que dice o quiere decir la ley cuando de su redacción emanan dudas.

Desde la sanción del requisito de los 4 años para ser presidente de AFA nadie puso en duda públicamente que esa era la cantidad de años que debían sumarse o acreditarse como directivo en cualquiera de las entidades y roles establecidos en el mismo articulado.

Hubo numerosas declaraciones públicas a lo largo de los años que fijaron este requisito. Es más, una de las criticas que solía hacerse al esquema de concentración de poder de Julio Grondona era que a sabiendas de que en la mayoría de los clubes los mandatos son de 3 años, él se preocupó en reducir el espectro de personas con posibilidades para aspirar a ese lugar.

Si no fuera un requisito para ser presidente, ¿cuál seria la razón de su existencia?  Si fuera un requisito especial para alguna categoría de los roles que puedan quedar legitimados, el legislador se hubiera preocupado en colocarlo en un inciso apartado y no al final de la descripción de quiénes pueden presentarse.

Está claro que lo que se pretende es que sea presidente de la AFA alguien que culminó su mandato en el club y no alguien con un antecedente de ser directivo por un brevísimo plazo temporal. Se puede definir en experiencia en el ejercicio de cargo de directivo en un club (se busca conocimiento en el mundo del deporte). Por eso el requisito y la mención de los años, caso contrario carecería de sentido colocar esa limitante.

Asimismo, es clara la letra y espíritu en cuanto a que se restringe la posibilidad de asumir como presidente de quienes cumplieron funciones determinadas como directivos y no a cualquier colaborador de un gobierno de un club. La única salvedad es para quienes ocuparon diversos roles en AFA pero no es el caso para contemplar por los antecedentes del involucrado. Y por ende tampoco puede pretenderse sumar años por roles no directivos en el club.

Por ultimo, el haber intentado que se compute ese año como colaborador y no directivo implica un reconocimiento e interpretación que avala el requisito de los 4 años. Siendo, de haberse concretado tal petición, un acto propio imposible de borrar como aval.



Ambas posturas pueden ser correctas y pueden están teñidas de parcialidad al querer probar un posible punto de vista particular. La última palabra saldrá, en primera instancia, de la calle Viamonte, pero como en toda democracia (o institución democráticamente establecida) de tener la chance de postularse a la presidencia, la última palabra la tendrán los «brazos levantados» que determinen si Marcelo Tinelli podrá ser quien maneje el Fútbol argentino desde adentro de AFA.

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